A. Económico

Premio Nobel de economía para Hart y Holmström por sus contribuciones a la Teoría de Contratos

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Esta semana la Real Academia Sueca de las Ciencias concedió el Premio Nobel de Economía a los economistas Bengt Holmström y Oliver Hart. El primero es un economista finlandés que se desempeña en el MIT y el segundo es británico y trabaja en la Universidad de Harvard.

EMILIANO COTELO (EC) —Según consignó la Real Academia, a los dos economistas se les concedió el Nobel por sus contribuciones a la Teoría de Contratos. Está claro que los premios Nobel siempre concitan mucha atención. Por eso, vamos a tratar de entender un poco las contribuciones de estos autores a la ciencia económica y para eso lo analizaremos con el economista Pablo Rosselli, socio de la consultora Deloitte.

ROMINA ANDRIOLI (RA) —Para empezar Pablo, ¿cómo vieron esta premiación? ¿Está dentro de lo esperado?

PABLO ROSSELLI (PR) —Siempre es muy difícil anticipar la decisión de la Real Academia Sueca porque hay muchos autores que han desarrollado contribuciones importantes en la ciencia económica, que a su vez es una disciplina que tiene un montón de vertientes… Y lógicamente, para los que no nos dedicamos a la actividad académica, algunas de esas vertientes son más conocidas y otras menos conocidas.

Pero diría que en este caso el premio no sorprende en absoluto… Los dos autores hicieron muchas contribuciones en el campo de la microeconomía y en el sub cambo de lo que en la jerga se llama Teoría de Contratos… Y sus contribuciones están ampliamente difundidas en manuales de microeconomía, de teoría de la firma y de organización industrial… Se trata de contribuciones que comenzaron a hacer a fines de los 70 e inicios de los 80 y que están muy incorporadas en lo que podemos llamar la corriente principal de la ciencia (que es el cuerpo de conocimientos más generalmente aceptados). Por lo tanto, desde esa perspectiva, no es sorpresa alguna este premio…

RA —Me imagino, Pablo, que muchos oyentes se estarán preguntando qué tienen que ver los contratos con la ciencia económica… Es más lógico pensar que los temas de contratos son más de abogados… Entonces, ¿cómo es eso?

PR —Y me imagino que muchos estarán diciendo que los economistas opinamos sobre todo… Pero bueno… A riesgos de que se piense que es así, hablemos de esto… El tema es el siguiente… En el funcionamiento habitual de la economía, los agentes (empresas, consumidores, trabajadores) hacemos muchísimas transacciones… Muchas transacciones ocurren en lo que en la jerga llamamos “mercados spot”… es decir, ocurren en el momento… Por ejemplo, cuando vamos al supermercado, hacemos una compra y la transacción empieza y termina en ese momento… No tenemos ningún contrato entre el cliente y el supermercado (dejando de lado la noción, no escrita, de que hay un compromiso del supermercado de que nos entrega un producto de calidad razonable).

Pero hay muchas otras transacciones que se realizan con contratos, porque transcurre necesariamente un plazo importante entre el momento en que nos ponemos de acuerdo en hacer un intercambio y el momento en que se termina realizando el intercambio… Y hay muchas transacciones donde los intercambios se repiten… pensemos por ejemplo, en un contrato de trabajo, o en un contrato de abastecimiento de una empresa a otra, en la cual una vende repetidamente un insumo que la otra utiliza en su producción…
Los contratos son parte esencial de un buen funcionamiento de las sociedades modernas… Y lo que hace la Teoría de Contratos es tratar de entender cómo se diseñan los contratos, generalmente en condiciones de lo que se llama información asimétrica… El punto central de toda la teoría es que en la realidad, las partes que celebran contratos no tienen la misma información… Hay información que es privada de cada parte… Y allí radica en gran medida el desafío de diseñar contratos buenos, que sirvan a las dos partes y que pongan incentivos correctos para las dos partes, que sin esos incentivos tienen intereses contrarios.

RA —Hechos estos primeros comentarios, Pablo, ¿cuáles fueron las contribuciones más importantes de estos autores?

PR —Quiero aclarar en primer lugar que vamos a comentar de modo simple algunas de las contribuciones de estos autores y para eso vamos a tomar partes del contenido de un pequeño artículo de divulgación preparado por la propia Real Academia… y vamos a dejar el link en la transcripción que queda en el sitio de En Perspectiva.

La Teoría de Contratos nos permite, como decía recién, entender mejor cómo se diseñan los contratos y nos permite también mejorar el diseño de los contratos en casos de la vida real… En ese marco, nos permite contestar preguntas cómo estas… ¿Los proveedores de servicios públicos como escuelas, hospitales o prisiones deberían ser privados o públicos? ¿Los trabajadores en servicios de salud o los docentes, deberían tener salarios fijos o sus salarios deberían depender de medidas de desempeño?

RA —Esas son tremendas preguntas, Pablo… Están frecuentemente en el centro del debate político… ¿Qué nos dice entonces la teoría de contratos?

PR —Lo primero que tenemos que entender es que la Teoría de Contratos no provee respuestas simples, definitivas o contundentes… Pero esa ya es una respuesta… porque a veces, se piensa que esas preguntas tienen respuestas simples… pero en realidad esas respuestas simples reflejan sobre todo las preferencias ideológicas de quienes tratan de responderlas.

Retomemos el tema de la compensación salarial y el desempeño… La razón por la cual se piensa que es bueno que el salario dependa de un indicador de desempeño es porque de ese modo se presentan mejores incentivos… No es posible estipular en un contrato todo lo que, por ejemplo, debe hacer un docente… Y no es posible poner en un contrato cómo se debe enseñar… Si eso no es posible, entonces tiene sentido premiar al docente, por ejemplo, en función de las notas que los alumnos obtengan en una prueba puesta por un organismo independiente… Esa sería una respuesta más o menos estándar de teoría económica, basada en la noción de que las personas respondemos a los incentivos económicos.

Sin embargo, Holmström demostró que si el trabajo de un empleado consiste en la realización de muchas tareas, algunas fáciles de medir y otras difíciles de medir, establecer incentivos fuertes en base a algún indicador asociado a lo fácil de medir conducirá a que ese trabajador dedique demasiado esfuerzo a esas tareas medibles y demasiado poco esfuerzo a las tareas no medibles… En el ejemplo del docente, si el docente responde a los incentivos, dedicaría mucho esfuerzo a enseñar lo que se pregunta en las pruebas y muy poco esfuerzo a desarrollar otros aprendizajes o competencias que también son importantes pero que no se preguntan en la prueba… En conclusión, cuando el trabajador debe desarrollar múltiples tareas, es importante obtener un balance adecuado entre el componente fijo de la remuneración y el componente variable, asociado a resultados, de la remuneración… Y como decía al comienzo, no hay respuestas demasiado fáciles… No se trata de incentivos sí o incentivos no… Importan los detalles y encontrar el balance correcto entre el componente fijo de remuneración y el componente variable asociado al desempeño.

RA —Mencionabas también asuntos relativos a la propiedad de las empresas que prestan servicios públicos… ¿Qué aportes hay en ese tema?

PR —El tema de la propiedad en los servicios públicos es de frecuente discusión… En el mundo hubo olas privatizadoras, con distinto éxito… Pero también quedan áreas de servicios públicos en las cuales es el propio Estado el que presta los servicios… Y eso típicamente ocurre cuando el servicio público se entrega sin cobrar al usuario… Pensemos por ejemplo en las escuelas públicas… o podríamos pensar en una prisión.

Sobre estos asuntos son particularmente relevantes las contribuciones de Hart, que están en el marco de lo que se denomina contratos incompletos.

RA —¿Qué son los contratos incompletos, Pablo?

PR —Contratos incompletos es un término que hace referencia al hecho de que no es posible establecer con precisión en un contrato todos los cursos de acción que cada parte del contrato tendría que tomar ante cada posible estado futuro… Hay cosas que se pueden prever que ocurrirán o que pueden ocurrir y entonces el contrato puede establecer lo que cada parte debe hacer, pero hay muchas cosas que terminan ocurriendo y que son simplemente impredecibles al momento de firmar un contrato.

¿Cómo se soluciona ese problema? Al final del día, en cada contrato hay alguna parte que queda con el derecho a hacer lo que entienda necesario… y típicamente en esos casos el dueño de la empresa o institución que debe proveer el bien o el servicio es quien termina decidiendo qué hacer…

RA —¿Podemos ver algún ejemplo concreto sobre esto?

PR —Claro… Pensemos en una escuela o en una prisión… El Estado puede ser el dueño de la escuela o la prisión… En ese caso, el Estado va a contratar a alguien (un director) que gestione el centro de estudios o la prisión… El problema típico es que sabemos que el Estado suele tener dificultades para remunerar adecuadamente a quien gestiona esa institución… suele tener dificultades para premiar una buena gestión y para castigar una mala gestión… El argumento privatizador básicamente establece que si esa institución estuviese en manos privadas, el privado tendría más incentivos para ser eficiente.

Sin embargo, los trabajos de Hart permitieron demostrar que los incentivos que tienen los privados para reducir costos (afectando calidad) suelen ser demasiado fuertes… Dicho de otro modo, es razonable pensar que la gestión privada será más eficiente, pero eso puede venir de la mano de menos calidad.

El documento que preparó la Real Academia Sueca señala, inclusive, que en EEUU se está revisando la política federal de prisiones privadas, justamente porque esas prisiones son de peor calidad que las públicas.

Esta discusión es particularmente relevante en servicios públicos en los que el servicio se presta sin que medie una venta en el mercado y un pago del usuario… Lógicamente, la discusión es diferente si se trata de la prestación de un servicio por el cual se paga y por el cual el prestador público eventualmente compite con oferentes privados… Pero si no hay una provisión competitiva en un mercado, el objetivo de eficiencia puede entrar en conflicto con objetivos de calidad… Ese conflicto por ejemplo también está muy presente en los sistemas de salud en los cuales la competencia es limitada (pensemos en las restricciones que tenemos para cambiar de prestador en el Fonasa) y el Estado quiere que los prestadores privados presten un servicio adecuado a costos razonables.

Enlaces externos
Comunicado de Prensa sobre el anuncio del Premio Nobel de Ciencias Económicas 2016, sitio oficial de la Real Academia Sueca de las Ciencias, en inglés
Oliver Hart, sitio web de la Universidad de Harvard
Bengt Holmström, sitio web del Massachusetts Institute of Technology

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Foto en Home: Oliver Hart (izq.), Bengt Holmstrom (der.). Crédito: foto Hart, Harvard University/harvard.edu; foto Holmstrom, Massachusetts Institute of Technology/mit.edu.

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