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Entrevista central, lunes 28 de agosto: Constanza Moreira

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EC —Estamos hablando de la posibilidad de votar desde el exterior.

CM —Exacto, la posibilidad de votar en el lugar de origen sin tener que trasladarse.

EC —A su vez, para eso hay dos grandes alternativas.

CM —En los consulados, ahora le llamamos voto consular.

EC —En octubre de octubre de 2009 hubo un plebiscito simultáneo con las elecciones nacionales, había una reforma constitucional que introducía la posibilidad del voto epistolar…

CM —Ese es el voto como tienen los norteamericanos, ellos votan por carta, todo votan por carta, de un estado a otro.

EC —Eso se rechazó, tuvo solamente 36, 37 % de apoyo, quedó por el camino. ¿Entonces?

CM —Entonces vamos a por el voto consular, con la idea de que los consulados son la representación más amplia que tiene Uruguay en el exterior, porque si fuéramos por las embajadas, Uruguay es un país pequeño y pobre, tiene pocas embajadas; pero tiene muchos más consulados. En este momento tenemos un proyecto de ley que tiene un primer artículo que dice: “Declárase que los artículos 77 y 83 –lo digo de memoria– de la Constitución habilitan el voto de los uruguayos en el exterior”. Es una interpretación de la Constitución que dice que usted sigue teniendo derecho a votar aunque viva en el exterior, y crea una comisión honoraria integrada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Corte Electoral, el Parlamento, los Consejos Consultivos –que son quienes reúnen a los uruguayos en el exterior–, a los efectos de elaborar un proyecto de ley para presentar al Parlamento para habilitar que esos ciudadanos que ya pueden votar pero se tienen que avecinar puedan hacerlo en los consulados.

Aquí hay varias lecturas distintas. Algunos creen que esto requiere una reforma constitucional, quienes están por crear el Departamento 20…

EC —Hay quienes entienden que se requiere una reforma constitucional porque hubo un pronunciamiento contrario a otra reforma.

CM —Sí; un pronunciamiento contrario no: no se reunieron las voluntades suficientes para el voto epistolar. Porque la manera que tenemos de solucionar nuestros plebiscitos cuando se juntan con las elecciones nacionales es que es casi un voto voluntario, el que no se acuerda no vota, no es una instancia única y separada en que la gente tiene que decir sí o no. Entonces yo diría que no se juntaron las voluntades suficientes para el voto epistolar. Pero nadie puede pronunciarse en contra; sí, se puede hacer un plebiscito para decir “no quiero que los uruguayos que están en el exterior voten”, pero habría que hacer un plebiscito para modificar lo que la Constitución ya permite.

EC —Acá se va por el camino de una ley.

CM —Se va por el camino de una ley, y queremos tener una mesa de negociación abierta con todos los partidos para decir: si estamos de acuerdo con esto, si estamos de acuerdo con que hay que volverles menos oneroso a los uruguayos que viven en el exterior el hecho de votar, porque entonces los que viven más cerca tienen más posibilidades de hacerlo que los que viven más lejos, los que tienen plata tienen más posibilidad de hacerlo que los que no tienen, entonces transformamos ese derecho en un derecho desigualmente ejercido dependiendo de la plata y la cercanía, si estamos de acuerdo en esto, busquemos los caminos. Puede ser una ley electoral con mayoría especial, puede ser una reforma constitucional, el Parlamento tiene potestad, como aquella minirreforma…

EC —Una ley constitucional.

CM —Una ley constitucional. El Parlamento la vota por mayoría especial y luego eso se transforma en una consulta popular. Gros Espiell creía que era solo una decisión administrativa, que era la Corte Electoral la que tenía que reglamentarlo porque el derecho ya existía, pero la mayoría de los miembros de la Corte Electoral dicen que no.

EC —Pero ¿hay posibilidad de llegar a un acuerdo político para estas elecciones que vienen?

CM —Estamos buscándolo desesperadamente desde hace mucho tiempo.

EC —¿Hay más ambiente en los distintos partidos políticos?

CM —Parecería haber un poco más de ambiente. De lo que yo conozco, Pablo Mieres dice “nosotros queremos reforma constitucional”, aunque el propio Pablo Mieres firmó en el año 2000 un proyecto por mayoría especial para habilitar el voto en el exterior, ya hubo cuatro proyectos de ley para habilitar el voto en el exterior. El diputado Trobo cree que hay que crear el Departamento 20, una jurisdicción especial, como tienen los italianos. Eso ya es una complicación grande…

EC —Sí, en ese esquema los uruguayos en el exterior solamente votarían en busca de un legislador que representara a la circunscripción de los que viven en el exterior. No definirían la presidencia de la República, por ejemplo.

CM —Exacto. Nosotros también decimos que podemos habilitar el voto en el exterior para algunas elecciones y no para todas, se puede habilitar el voto en el exterior obviamente para las reformas constitucionales, el voto presidencial, pero de repente no para los municipios o para el voto departamental, aunque cuando uno inscribe su credencial la inscribe en un departamento. Pero lo más importante es recoger una voluntad mayoritaria –mayoritaria quiere decir el Frente más otros, porque la voluntad del Frente ya existe– para habilitar que los uruguayos que viven en el exterior puedan votar. Si conseguimos tener ese principio de acuerdo, después vemos los instrumentos.

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