Editorial

Derecho Viejo

Facebook Twitter Whatsapp Telegram

Por Rafael Mandressi ///
@RMandressi

Hace algunos meses, en una columna como ésta, confesé mi desaliento frente al debate sobre el voto de los uruguayos en el exterior, y mi desagrado por el tenor de la discusión cada vez que el asunto vuelve a la superficie. Me parecía pues sensato ponerlo entre paréntesis, asumir como un dato la esterilidad de seguir argumentando en un paisaje congelado donde la estrechez de las trincheras aprieta las razones hasta quebrarles los huesos. Este viernes, sin embargo, me trajo motivos suficientes para suspender la abstinencia. Se lo debo a la mesa de En Perspectiva, y en especial a la intervención de Gonzalo Pérez del Castillo, que suscribo en su totalidad.

Alcanzaría entonces con remitir a lo dicho por Gonzalo el viernes pasado. Aunque el tiempo no haya permitido desplegar en todos sus detalles el conjunto de argumentos y, sobre todo, de refutaciones posibles, lo fundamental no está allí, sino en los puntos principales colocados sobre las principales íes. El más importante de todos quizá sea el primero, a saber que los uruguayos residentes en el exterior podemos votar. Ya fue dicho y subrayado, pero conviene seguir recordándolo, por varias razones.

Una de ellas es el proyecto de ley sobre “Derechos y obligaciones inherentes a la ciudadanía”, que cuenta con media sanción – fue aprobado por la cámara de representantes en diciembre de 2017 – y que el senado se apresta aparentemente a tratar este mes. Ese proyecto interpreta los artículos 77, párrafo 1 y 81 de la Constitución de la República, declarando que “el hecho de residir fuera del país no obsta al ejercicio de los derechos y obligaciones inherentes a la ciudadanía”. Chocolate por la noticia, y efecto contraproducente, ya que la disposición introduce implícitamente la idea de que tal cosa no está clara y necesita una estipulación expresa.

Con ello poco se contribuye a sacar el debate de donde ha estado anclado, erróneamente desde el punto de vista formal: una vez más, no se trata de dirimir si los uruguayos residentes en el exterior podemos votar – sí, podemos – sino dónde podemos ejercer ese derecho que, insistamos aunque canse, no hace falta habilitar. El tema, en otras palabras, es el ejercicio extraterritorial del derecho al voto, para cuya implementación es dudoso, incluso, que deba reformarse la Constitución.

Sólo que, de hecho, el verdadero debate, tal como se manifiesta, es el otro. La oposición al voto extraterritorial es un rechazo al voto, a secas. Lo que se cuestiona es la legitimidad y hasta la moralidad de la intervención electoral de los uruguayos que viven fuera de fronteras. También es eso lo que habitualmente se reivindica, en ocasiones con argumentos emocionales improcedentes, por parte de los defensores de esa participación.

Y allí está el nudo del problema, que de nada vale ocultar; más aún: es indispensable que la sociedad uruguaya se obligue a sí misma a poner rotunda y definitivamente en claro algunas cuestiones decisivas antes de continuar con una discusión que, por imperfecta, no puede ser digerida sin regurgitaciones periódicas. Resuélvase primero qué es el Uruguay, cómo se quiere delimitarlo y cómo se lo concibe en el mundo hoy, mañana y pasado mañana, cómo se vinculan un territorio y una comunidad, atados uno al otro o en movimiento, y pásese después, pero sólo después, a definir lo demás, es decir los procedimientos y los instrumentos.

Si al cabo de esa purga conceptual se concluye que el Uruguay no debe incluir a su emigración, que ciudadanía equivale a residencia y que por consiguiente la determina la geografía, habrá que asumirlo hasta sus últimas consecuencias. Eso significaría abocarse, ahí sí, a ajustar las normas para establecer inequívocamente la imposibilidad de votar si se reside en el exterior. Prohibirlo, en suma, y darse los medios para que ese impedimento se vuelva efectivo. Así las cosas, se ganaría al menos en coherencia, acabando de una buena vez con una situación penosamente absurda como la actual, cuya lógica, si así puede llamársele, es a todas luces insostenible.

Pero es difícil que suceda. Sería, por una vez, actuar de manera radical para que la ambigüedad adelgace, y sabido es que a los uruguayos, vivamos donde vivamos, nos cuesta prescindir de la grasa.

***

Emitido en el espacio Tiene la palabra de En Perspectiva, lunes 04.06.2018

Sobre el autor
Rafael Mandressi (Montevideo, 1966) es doctor en Filosofía por la Universidad de París VIII, historiador y escritor. Desde 2003 reside en París, donde es investigador en el Centro Nacional de Investigación Científica, director adjunto del Centro Alexandre-Koyré de historia de la ciencia y docente en la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales. Es colaborador de En Perspectiva desde 1995.

Comentarios