Editorial

La penosa historia de los medicamentos de alto costo

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Por Mauricio Rabuffetti ///
@maurirabuffetti

Todas las sociedades del planeta tienen sus contradicciones. Hay países laicos en los que la Iglesia tiene una influencia desmedida. Hay democracias en las que crear nuevos partidos se vuelve prácticamente imposible. Y en Uruguay, por principios fundacionales, pregonamos la igualdad de derechos aunque penosamente no siempre la practicamos.

Podríamos tomar una serie larga de ejemplos para ilustrar esta contradicción. Hoy en particular quiero referirme a uno en particular, un tema especialmente delicado y al mismo tiempo bastante desconocido para los uruguayos que tienen la suerte de no experimentar en carne propia el peso de la burocracia estatal.

En el mes de julio pasado nos enterábamos del caso de una madre de tres hijos que a los 46 años de edad padecía un cáncer terminal. La mujer necesitaba, para alargar su vida y para atenuar su sufrimiento, un medicamento caro, actualmente llamado de alto costo, que no figuraba en la lista que el Ministerio de Salud Pública tiene a disposición para casos similares.

La mujer inició un procedimiento llamado “abreviado” para tratar de obtener el fármaco, que no podía costear luego de muchos gastos por su enfermedad. El Ministerio de Salud Pública tardó más de 40 días en expedirse y finalmente autorizó la compra y administración del medicamento. Claro que, cuando salió la decisión, la mujer llevaba 48 horas muerta.

Este ejemplo extremo ilustra la ineficiencia de la burocracia del Ministerio de Salud Pública. Más aún, da cuenta de una absoluta insensibilidad en esa cartera. Varios documentos a los que tuve acceso  muestran incluso que para personas enfermas puede ser más eficiente recurrir a la justicia que al citado Ministerio.

Hace algunos días, la página de la Presidencia de la República publicaba declaraciones del ministro de Salud Jorge Basso que señalaba textualmente: “Todos los medicamentos de alto costo que curan son financiados sin gastos para el paciente”.

Eso no es exactamente así. Existen casos de pacientes que requieren medicamentos que no están incluidos en el llamado Formulario Terapéutico de Medicamentos o FTM y deben interponer recursos de amparo ante la Justicia para obtener esos fármacos, aunque hayan sido avalados como efectivos tanto por el Ministerio como por cátedras idóneas. En algunos casos, el Ministerio tarda meses en expedirse sobre la compra de estos medicamentos, de acuerdo a peticiones de las cuales poseo copia.

La situación llega a tal nivel de gravedad, que según documentos en mi poder se establecen diferencias entre pacientes sin justificar ante la justicia la razón de esa diferencia: a unos se les otorga un medicamento mientras a otros no. Tengo en mis manos un acta de lectura de sentencia del 6 de noviembre del año pasado que, ante un recurso de amparo presentado por un enfermo de cáncer, establece que el Ministerio de Salud Pública no solo incumplió preceptos constitucionales que obligan a proveer “medios de prevención y asistencia” a quienes no pueden adquirirlos, sino que también violó el “principio de igualdad” al otorgar a unos sí y a otros no un determinado fármaco.

¿Cómo es posible que en una sociedad que en algún tiempo se preciaba de sus valores de solidaridad e igualitarismo, una persona tenga que verse sometida a un calvario burocrático en el que le va la vida y su dignidad? Sencillamente, no hay derecho, y ninguna razón puede justificar demoras, inacción o tratamiento desigual en este tipo de casos.

Hace algunos días, el diputado por el Partido Nacional Martín Lema presentó un escrito ante la Institución de Derechos Humanos sobre este asunto. En su texto, el legislador señala que la mayoría de los medicamentos de alto costo que suelen ser objeto de diferencias entre pacientes y el Ministerio de Salud Pública que no los quiere otorgar, fueron avalados por cátedras de la Facultad de Medicina, y pidió que se establezca un plazo máximo para que el Ministerio se expida sobre solicitudes de medicamentos de alto costo.

Este punto es absolutamente fundamental para garantizar la oportunidad de un tratamiento y el cumplimiento de los preceptos establecidos en la Constitución en materia de protección a la vida de los uruguayos.

Sin demora, el Ministerio de Salud Pública y el ministro Jorge Basso deberían comprometerse a establecer un plazo específico y respetarlo.

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Emitido en el espacio Tiene la palabra de En Perspectiva, miércoles 10.08.2016

Sobre el autor
Mauricio Rabuffetti (1975) es periodista y columnista político. Es autor del libro José Mujica. La revolución tranquila, un ensayo publicado en 20 países. Es corresponsal de Agence France-Presse en Uruguay. Sus opiniones vertidas en este espacio son personales y no expresan la posición de los medios con los cuales colabora.

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