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Entrevista central, jueves 3 de agosto: Juan Miguel Petit

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Esto que viene a darse ahora por sentencia en segunda instancia es una señal muy fuerte de hacia dónde debemos ir todos para tener un sistema penitenciario que realmente rehabilite.

EC —Como quedó dicho al pasar, en el fallo de primera instancia del doctor Alejandro Martínez de Las Heras se acogió el amparo y se condenó al MI a diseñar y efectivizar un “programa de tratamiento individual” para los presos. Pero sobre fines de julio el Ministerio apeló la sentencia. Entre otros argumentos, señaló que resulta “injusto y contrario al principio de igualdad pedir para siete personas un tratamiento absolutamente diferente del que se proporciona al resto de los privados de libertad”, y que al dar lugar al recurso de amparo el Poder Judicial “invade la esfera de actuación de otro Poder del Estado”. Según la argumentación, el Poder Judicial puede examinar la regularidad o constitucionalidad del ejercicio del Ejecutivo, en este caso, pero “ningún sistema orgánico puede inmiscuirse en las funciones y controles de otros sistemas orgánicos o inmiscuirse en los procedimientos administrativos internos”. El ministerio afirmó que si no se desestimaba la demanda era “como querer administrar desde el Poder Judicial al sistema carcelario”.

¿Cómo observó aquella reacción?

JMP —No quiero agitar mis argumentos ahora que la sentencia fue a favor de lo que nosotros sosteníamos. No quiero agitar mis argumentos como si fueran una bandera, el objetivo nuestro no es litigar, ganar litigios, ni mucho menos, todos los días estamos recorriendo los centros, hablando con las autoridades. El martes mismo pedí una entrevista con el ministro del Interior, nos reunimos con varios temas de trabajo. Yo quería tener esa reunión antes de que surgiera el fallo justamente para que quedara claro que el diálogo es el instrumento de trabajo fundamental entre contrapartes institucionales, mucho más cuando se está en desacuerdo en algunos temas.

Pero digo lo que he sostenido siempre sobre este punto: cuando hay un derecho fundamental que está siendo lesionado o a uno le parece que está siendo vulnerado en forma manifiesta, por supuesto que el Poder Judicial tiene cosas para hacer. Una cosa es que dictamine cuáles son los contenidos de los textos de la escuela o de los textos de historia, eso sería inmiscuirse en la política social o en la política del Poder Ejecutivo. Otra cosa es si a un niño o adolescente no lo dejan entrar al liceo o lo discriminan o lo golpean en la clase. Sin duda el Poder Judicial –y así es hoy en el derecho internacional de los derechos humanos y en toda la aplicación de las normas de los derechos humanos– tiene un rol fundamental en la verificación de los derechos fundamentales. Y ni que hablar en las condiciones de reclusión. Así se marca en esta sentencia y así va a ser además con el nuevo Código del Procedimiento Penal, que establece los jueces […] de sentencia, que ya lo tienen actualmente los jueces y lo aplican en muchos casos, la verificación de las condiciones de reclusión. Ahora va a ser mucho más en ese sentido. O sea que lo de la judicialización, la participación del Poder Judicial en el cuidado de los derechos humanos es una tendencia internacional, es muy bueno que así ocurra y creo que esta sentencia abre de alguna manera la ventana a ese aire fresco.

EC —Sí, en el fallo de ayer del Tribunal de Apelaciones se contesta a los argumentos del MI, se sostiene que de seguirse la tesitura manejada en la apelación habría que permitir la vulneración de derechos humanos o el riesgo de ello so pretexto de respetar la igualdad, para que todas las personas privadas de libertad estuvieran en las mismas ilegítimas condiciones. Y también se aclara que cuando un juez dispone una medida de amparo que consiste en ordenar al Estado que haga o deje de hacer algo para proteger un derecho afectado “no estamos ante una interferencia indebida de la implementación de las políticas públicas, sino que está actuando en un conflicto individual y concreto suscitado entre el titular de un derecho fundamental y la autoridad estatal que lo desconoce”.

JMP —Sí, en el Estado uruguayo existe una dificultad para tener un servicio estandarizado, igual para todos sus usuarios. Pensemos, sin ir más lejos, lo que es a veces una escuela, un liceo, depende de la comisión de padres o de determinadas capacidades o posibilidades que tienen los docentes allí, no es lo mismo gurises de un barrio que de otro, por un conjunto de factores, por más que hay un mínimo común compartido. Esto se vuelve mucho más extremo en el sistema penitenciario, entre otras cosas porque recién en 2010 empieza a instrumentarse un sistema nacional.

Y ahí va de nuevo, yo trato de ser muy reiterativo marcando las cosas buenas que se han hecho y se están haciendo. Se están haciendo muchas cosas buenas, hay muchos buenos proyectos. Ayer estuve en una reunión con 100 operadores penitenciarios nuevos que presentaban sus proyectos de trabajo al terminar su formación en el Centro de Formación Penitenciaria. Una cantidad de gente joven, de veinte y pocos años, algunos con estudios sociales, con estudios en asistencia social, en educación, con una cantidad de ideales, de ganas de hacer cosas, de establecer grupos de trabajo, de darle un sentido educativo a la privación de libertad. Esas cosas son buenas.

Pero hay otras cosas que siguen estando muy mal, es mi tarea marcarlas y también promover las cosas buenas. A veces algunos actores no entienden este rol, yo creo que es muy importante esta acción, ser muy escuetos, muy concretos. Tenemos un mandato que es muy acotado, pero nuestro rol es justamente tratar de señalar aquellas cosas que se pueden corregir, hacer recomendaciones, ser lo más asertivos posible, en el sentido de respetar a la gente que está en el terreno, que está haciendo una tarea que es difícil, pero no olvidar que aquellas cosas que están mal hay que corregirlas, y aquellas que están muy mal, mucho más.

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