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Entrevista central, martes 14 de junio: Ignacio Munyo

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EC —Estamos con 3,2 puntos.

IM —En este punto nos metimos ahora a fondo. Esto no había sido analizado en su momento en el trabajo original. Trabajamos en los últimos meses y presentamos los resultados la semana pasada. Quisimos ver qué características importa que tengan las personas que dirigen empresas del Estado, qué es más importante a la hora de tener mejores resultados de gestión, mejores resultados operativos. Dicho sea de paso, esta es una de las funciones esenciales que cumple un holding de empresas del Estado en el caso chileno, en el caso peruano y en el caso hacia el que va convergiendo hacia el año 2019 Colombia. Por eso le entramos ahora a fondo nuevamente, porque es clave. Seleccionar bien a quienes van a dirigir a esas empresas es vital.

El último punto de este estudio de la CAF para determinar el buen gobierno corporativo es el ejercicio de la propiedad. Puede parecer un poco difícil, ¿qué quiere decir el ejercicio de la propiedad? Es muy simple, es quién hace las veces de dueño, quién tiene la titularidad de la empresa del Estado, quién es el responsable final por las decisiones tomadas.

Trabajamos el año pasado en el equipo junto con el doctor Carlos Delpiazzo, un especialista en la materia, y llegamos a la conclusión –que no fue nada fácil, porque toda la telaraña legal que está atrás no es clara, no alcanza con ir a la Constitución, con ir a las cartas orgánicas, hay que ir más a fondo– de que hoy en Uruguay la normativa deja al presidente del directorio de las empresas públicas en los hechos como el dueño. Entonces la propiedad la ejerce el presidente del directorio. Y esto tiene problemas muy serios y consecuencias directas, lo que fue el corazón de nuestro trabajo del año pasado. En este punto, ejercicio de la propiedad, el ranking de América Latina nos deja con 0 puntos.

EC —Este factor busca determinar si el accionista estatal está identificado con claridad y si cuenta con la especialización para ejercer la propiedad efectiva de la empresa.

IM —No está determinado con claridad y ejerce la propiedad alguien que no debería ejercerla, de acuerdo al ordenamiento de las buenas prácticas internacionales de gobierno corporativo. Sobre este punto viene la esencia del holding de empresas públicas.

EC —Recordemos qué es un holding.

IM —Un holding es un conglomerado de empresas, muy común en el sector privado, pero también en el sector público en los países desarrollados y en varios países de la región, por ejemplo Chile, Perú y Colombia está yendo hacia ahí. Es simplemente una forma de gobernar las empresas públicas de manera centralizada, en que las decisiones no sean autónomas de cada directorio sino que haya una institución por encima de los directorios de empresas públicas, también de propiedad estatal, que vele por la coordinación, el control, el seguimiento de las decisiones que se van tomando en tiempo real.

EC —En Uruguay no existe tal cosa, no existe un holding, no existe esa institución que gobierna y controla conjuntamente a todas las empresas públicas. Lo más parecido han sido empujes de coordinación que se han instalado en la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP).

IM —La OPP tiene entre sus objetivos coordinar, controlar, analizar las inversiones de las empresas públicas. Lo hace históricamente, siempre lo ha hecho, por momentos con más fuerza, por momentos con menos fuerza. Lo cierto es que en gran parte estos vaivenes de la atención, de la efectividad del control están bien porque la normativa uruguaya lo deja librado así. No existe hoy una normativa clara que le asigne la propiedad de las empresas públicas a la OPP. Y mientras esto no sea así, vamos a estar dependiendo, como estamos, de que se apriete un poquito más, se apriete un poquito menos, de que el presidente de la República tenga un interés mayor en que la autonomía de las empresas públicas sea menor, como es el caso actual, o sea mayor, como fue en la administración anterior. Entonces ese es un tema fundamental.

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