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Entrevista central, viernes 15 de abril: Iván Luzardo, Patricia Díaz

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EC —De todos modos, la pregunta de fondo, que es la que plantea la Cámara Uruguaya del Libro –y no solo esta institución, hay otros actores en este debate– es: si se van a habilitar tantos usos en los que no hay de por medio la compra del libro, ¿cómo se pretende que se financien los libros? En primer lugar, ¿cómo puede cobrar por su trabajo el autor? Y segundo, la editorial, la empresa que pone en la calle esos volúmenes, ¿de qué manera va a desquitar su inversión?

IL —Yo destacaría que Uruguay es uno de los pocos países que no tienen excepciones de este tipo. De hecho la gran mayoría de los países tienen este tipo de excepciones y ninguna empresa editorial se ha fundido o ha dejado de editar libros, de imprimir libros teniendo esta excepción vigente. De hecho en Uruguay, si bien sigue siendo ilegal hasta el día de hoy, es una práctica muy extendida y no por ello los autores han dejado de publicar ni las editoriales han dejado de trabajar. Esto también da cuenta de cómo podría llegar a funcionar.

NB —Esa afirmación es un poco relativa, porque en el comunicado de la Cámara Uruguaya del Libro de ayer se sostiene: “Los precios que hoy tienen los libros en nuestro país obedecen a impresión o importación cada vez de menores cantidades por título, consecuencia de más de 20 años de fotocopias. Si esta práctica se generaliza, en pocos años no contaremos con nuevos títulos que enriquezcan el acervo cultural de nuestra sociedad”. O sea que efectivamente se están vendiendo menos libros a raíz de las fotocopias.

PD —La pérdida basada en cuestiones de propiedad intelectual es todo un tema. Tengo lo que se llama la master list, un relevamiento de excepciones y limitaciones que hace un instituto de la American University, y al menos 40 países tienen la excepción de copia privada, que es la que se está discutiendo más. Pero nuestra excepción es copia personal, no copia privada.

NB —¿Cuál es la diferencia?

PD —La diferencia es que la copia privada implica poder copiar con fines que no son estrictamente personales, por ejemplo para una reunión de trabajo; todos los fines que no sean de lucro y en el ámbito privado podrían ser legales. En el proyecto que nosotros aprobamos es una copia única para el uso estrictamente personal.

EC —Pero por ejemplo, si yo quiero fotocopiar una novela para mi uso personal, ¿eso está permitido de acuerdo a este proyecto?

PD —Ahí viene el tema. En otros países, como España, se requiere que la copia sea de un original al cual yo accedí legalmente. Tú no vas a encontrar un original de una novela, comúnmente te la prestan. Y ojo, el préstamo también está prohibido en Uruguay, ese préstamo que hacés en la personal está prohibido. Es tan restrictiva nuestra ley que llegamos a eso. Este artículo está pensado para habilitar todo lo que sea descargas sin fines de lucro, no en fotocopiado, nadie va a fotocopiar una novela…

EC —No sé, porque en teoría eso queda habilitado, por lo tanto de una novela se venderían muchos menos ejemplares porque habría cantidad de personas que tomando ejemplares físicos harían fotocopias para uso personal.

PD —Sin necesidad, si puedo leer el libro. Si accedí al libro porque me lo prestaron, ¿para qué lo voy a fotocopiar?

EC —Para tenerlo. Pero la pregunta que yo planteaba, y que es la que de algún modo centra toda la polémica, es: entendido que en el caso del estudio deberían facilitarse las cosas a los estudiantes, ¿cómo se hace para al mismo tiempo preservar el derecho del autor? ¿Por qué no implementar un sistema por el cual, por ejemplo, el Estado paga por esos derechos de autor y después en todo caso distribuye copias a los estudiantes?

PD —Eso está pasando en España.

EC —O algo como lo que hizo el Plan Ceibal con la Cámara del Libro. El Plan Ceibal compró una serie de libros que los alumnos tienen a su disposición en formato digital en sus ceibalitas. De esa forma se preserva el valor del trabajo de quien escribió el libro y el de la empresa editorial que está de por medio. ¿Por qué el autor en particular tiene que subsidiar el uso educativo de su libro, cuando capaz que es un libro destinado específicamente al uso educativo?

PD —En cuanto a los argumentos económicos de qué es una pérdida, hay un estudio muy interesante, que se llama Piratería de medios en las economías emergentes, editado por Joe Karaganis, un investigador de Estados Unidos, en el que analiza el concepto de pérdida. Los estándares de piratería hoy se están midiendo por la equivalencia una copia, una venta menos. Se evaden los conceptos de sustitución económica. Es imposible pensar que cada copia va a ser una venta menos. Es más, se analizan algunos casos en particular, especialmente en países del Tercer Mundo, donde el acceso a la cultura se da muchas veces a través de la piratería. Un ejemplo claro es el del software, se cita un estudio en Hungría que se basaba en que una de cada diez copias no autorizadas era una pérdida real. Pero esto no se está midiendo así hoy. Las ventas reales tienen que ver con el precio de los libros y con quién está dispuesto a pagarlo. Hoy es una copia, una venta.

Otra cuestión es el efecto beneficio que tiene la circulación y los modelos de negocios en los que está centrado hoy la industria editorial uruguaya. La industria editorial uruguaya está centrada en la copia. En el siglo XXI uno no puede centrar su modelo de negocios en la copia; eso, además de ser poco inteligente, tiene que ver también con la vulneración del derecho a acceso, porque la tecnología hoy permite el acceso de mil formas. Entonces los modelos de negocios exitosos son los que se basan en otros agregados. Pensemos en Netflix…

EC —Justamente, en Netflix o, si vamos al terreno de la música, en Spotify…

PD —No se basan en venta de copias.

NB —Pero está el derecho de autor.

EC —Pero se paga por el uso.

PD —Bien, se está pensando del lado del mundo editorial. Es muy fácil llorar “me van a bajar las ventas”, cuando yo no hago nada por adecuarme al siglo XXI.

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