EnPerspectiva.uy

Entrevista, lunes 26 de febrero: Gustavo Salle

Facebook Twitter Whatsapp Telegram

EC —Acá tengo los artículos 15 y 16. Artículo 15: “Nadie puede ser preso si no en in fraganti delito o habiendo semiplena prueba de él por orden escrita de juez competente. Artículo 16: “En cualquiera de los casos del artículo anterior, el juez, bajo la más seria responsabilidad, tomará al arrestado su declaración dentro de 24 horas, y dentro de 48 horas, lo más, empezará el sumario. La declaración del acusado deberá ser tomada en presencia de su defensor, este tendrá también el derecho de asistir a todas las diligencias sumariales”.

GS —Bien. ¿Dónde dice allí que es el fiscal general o el fiscal delegado que le toma declaraciones? No dice, el constituyente no le dio participación alguna en esta etapa al fiscal.

EC —Ahí está manejando uno de los argumentos que usted y el doctor Viana tienen para sostener que la reforma del CPP es inconstitucional.

GS —Es fundamental, porque, como dijo Díaz, “vamos a modificar el ADN de la justicia”. El ADN de la justicia, del proceso penal, está en la Constitución de la República, por lo tanto, señor Díaz, usted tendría que haber consultado al pueblo, y no a través de una ley querer llevarse por delante la Constitución. Entonces nosotros respetamos la Constitución y le dijimos a Ayala: “Usted no declara, usted declara ante quien dice la Constitución de la República, que es el juez”. Es más, toda la recolección de prueba que dice la Fiscalía es inconstitucional, porque está a cargo del juez, les guste o no a Díaz y a la Embajada de Estados Unidos. Y mire que voy más allá del aspecto de la discusión de si está bien o mal el proceso acusatorio, ese es otro tema.

EC —Sí, porque se han manejado argumentos a propósito de esta reforma, por ejemplo el argumento de que lo más adecuado es que el juez sea absolutamente imparcial y que para eso su trabajo debe reducirse a resolver, si investiga de algún modo está tomando parte, la imparcialidad se ve afectada, entonces lo único que debería hacer es evaluar, sopesar y decidir a partir de una investigación que encabeza el fiscal. Esa es la médula del proceso acusatorio.

GS —Ese es un argumento de carácter filosófico del proceso acusatorio que no voy a entrar a discutir. Solamente le voy a decir lo siguiente: nuestra Constitución no lo prevé, prevé un sistema inquisitivo acusatorio. Esta primera etapa es inquisitiva. Por lo tanto, si se quería traer el acusatorio puro, había que modificar la Constitución. Punto, ahí me quedo.

EC —Pero ¿la Constitución prohíbe que sea el fiscal quien investigue? ¿O la Constitución establece lo que acabamos de leer, que el interrogatorio tiene que hacerlo el juez?

GS —No, como la Constitución indica quién debe hacer el interrogatorio, cualquier otra forma de proceder en contra de lo que prevé el constituyente es inconstitucional. Sin duda. Acá no se trata de un problema de prohibiciones, sino de un principio.

EC —¿Y qué pasa si la investigación la hace el fiscal y el primero que interroga es el juez, de acuerdo a lo previsto en el artículo…?

GS —Ya interrogó el fiscal, y no puede. Por eso mi cliente no declaró. Pero es más, este código admite que se llegue al juez pidiendo la formalización, que es el procesamiento de antes, sin que el juez haya visto la semiplena prueba, cuando en realidad el requisito constitucional es que el juez obtenga la semiplena prueba para procesar. Aquí se violaron los artículos 15 y 16 de la Constitución, y basta con que se viole uno… El Código es inmoral, inconstitucional y criminal, o sea que ya no es un problema solo de Constitución; tendríamos horas para hablar de este código.

EC —Sí, la argumentación de los doctores Viana y Salle es extensa, larga.

GS —Es un código que mercantilizó la justicia penal.

EC —¿Por qué la mercantilizó?

GS —Porque admite el pacto, al admitir el pacto admite la extorsión y la falsificación ideológica.

EC —¿Qué es el pacto?

GS —El pacto es el proceso abreviado. Usted está preso, tiene a su señora presa, ejemplo Balcedo, la tiene en un campo de concentración…

EC —¡¿Campo de concentración?!

GS —Sí, campo de concentración, el CNR (Centro Nacional de Rehabilitación). O vamos a Las Rosas o al Comcar, pasamos una noche si quiere, si nos dan autorización. Mire que este país tiene 12 quemados vivos en la cárcel de Rocha y no pasó nada, se archivó el expediente.

EC —Ahí está hablando de la calidad de las cárceles.

GS —Sí, de los campos de concentración. Entonces usted está en esa situación, la justicia lo tiene acorralado, a usted y su esposa, como en el caso de Balcedo, y allí viene el planteamiento del fiscal: si confesás, el delito es menor. No importan los hechos, porque se extinguió, se eliminó el principio de legalidad. Esto no es invento mío, el principio de legalidad está expresamente eliminado. Entonces yo puedo pactar las figuras, puedo cambiar la realidad fáctica por aquella que se acomode al pacto, a la transacción hecha en condiciones de extorsión, porque estoy preso, porque mi familia, porque tienen escuchas… Ese mecanismo en el derecho público no es un problema de inconstitucionalidad, es un problema de inmoralidad, es un código inmoral, y es lo peor que le puede pasar a un país, que su sistema legal admita la inmoralidad. Y eso es el nuevo código.

EC —¿Esas son las razones que llevan a su cliente a amenazar de muerte al fiscal de Corte, Jorge Díaz?

GS —No. Primero, él no ha declarado, no se ha declarado inocente, no ha explicado el tema.

EC —Las grabaciones lo comprometen.

GS —Las grabaciones lo comprometen, pero…

EC —Se lo pregunto teniendo en cuenta la grabación que divulgó de la conversación entre usted y él, porque ahí aparecen otras razones. Ayala dice: “Ahora hubieron (sic) amenazas contra Díaz”, y usted responde: “Eso es verso, ¿quién va a amenazar al mequetrefe ese, no sirve para nada”. Resultó que por lo visto la amenaza había sido del propio Ayala. Pero más adelante Ayala dice: “¿Qué solución práctica puede haber?”, y usted contesta: “Ninguna, seguir aguantando la mecha. Los uruguayos se acostumbraron a aguantar la mecha”. Y dice Ayala: “El trabajo me bajó radicalmente”, y usted acota: “No hay laburo, está todo paralizado”. Ayala: “Estatizaron a la justicia penal”, usted: “A la defensa estatizaron”; Ayala: “Habrá que seguir empujando, a ver si se cae el nuevo código”; Salle: “Este pueblo está muy bajo”. Parecía haber en Ayala una disconformidad, un malestar porque como consecuencia del nuevo CPP su trabajo había bajado.

GS —Sí, es una realidad, pero no lo decimos los abogados, lo dice el Ministerio Público, lo dicen los fiscales: 27.000 denuncias en carpeta sin que se hayan abierto. Lo dijo Fossati: 1.500 investigaciones para realizar, ¡1.500! Yo fui funcionario de Fiscalía, no existe eso, porque si tienen 1.500 hoy, a fin del 2018 va a tener 17.000. Colapsó el sistema judicial penal del Uruguay. Pacheco le dice que no puede venir, ¿sabe cuántas vistas tiene para realizar? Seiscientas, ¡600 casos complejos! ¿De qué estamos hablando?! Efectivamente es un colapso. Y por supuesto, si hay un colapso, si no se investiga, si los delincuentes siguen presos, los abogados trabajamos menos. Pero no es la preocupación fundamental nuestra que haya bajado el trabajo, la preocupación nuestra es el colapso de la justicia y la violación de la Constitución, la violación del Estado de derecho, el golpe de Estado técnico, el estado de situación que vive hoy el país. Esa es nuestra preocupación.

Comentarios