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Los derechos de una niña: la respuesta de Teresa Herrera a Sarthou y Costa

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Recibimos y publicamos esta nota de Teresa Herrera, integrante de La Mesa de los Miércoles, en respuesta a los comentarios de Hoenir Sarthou y Leonardo Costa en La Mesa de En Perspectiva del lunes 26 de diciembre de 2016 sobre el tema Justicia resolvió el retorno de una niña a España, donde fue presuntamente abusada.

El día lunes 26 de diciembre en La Mesa, los abogados Hoenir Sarthou y Leonardo Costa tuvieron un discurso realmente asombroso: acusaron, entre otras cosas, a quienes defendemos los derechos de una criatura uruguaya de 4 años de mentirosas y de no haber leído la sentencia del Tribunal de Familia en Segunda Instancia, agregando también que, en caso de haberla leído, no la entendimos.

No voy a ser demasiado extensa. Solamente algunos aspectos de la mencionada sentencia ilustrarán, a cuenta de más detalle, un debate que tendremos oportunamente en En Perspectiva.

Dijeron Sarthou y Costa Dice la sentencia
La niña fue traída al Uruguay sin permiso del padre. Ya en la sentencia de Primera Instancia del Tribunal 8vo. turno y ratificada por el Tribunal de Apelación, se hace lugar a la argumentación de la madre, ella salió con autorización, por lo cual hasta que la madre no sea sobreseída en forma definitiva e inapelable de la acusación de sustracción realizada por el padre, no viaja a España. Hubo retención indebida, no sustracción.
Ningún peritaje, que no sea de parte, demuestra violencia sobre la niña. La psicóloga Ana Nin del Instituto Técnico Forense afirma que la niña y su madre fueron víctimas de violencia por parte de su padre. La niña cuando se lo menciona, se hace caca. Recomienda que no vuelva a España. No puede pronunciarse sobre el abuso sexual.
No se probó absolutamente nada de los dichos de la madre. Si se probó que la niña salió con autorización en primera y segunda instancia.
El retorno a España, a diferencia del fallo en primera instancia, está condicionado a medidas cautelares y tenencia de la niña se otorga solamente a la madre, ambas resoluciones, deben previamente ser aprobadas por la Justicia española.

¿Los abogados no leyeron detenidamente la sentencia? Yo creo que se basaron en sus prejuicios, en su ideología patriarcal, como la Suprema Corte de Justicia que en su sitio web subtitula “sustracción indebida” en lugar de “retención ilegítima”. Se trata de abogados, hablando por radio, es decir, ejerciendo una importante cuota de poder (discurso legitimado) lo cual hace más grave su omisión.

Esa ideología explica los agravios del abogado Sarthou quien trata a la Red Uruguaya Contra la Violencia Doméstica y Sexual y a Mujeres de Negro, dos organizaciones que tengo el orgullo de integrar y que tienen años de trayectoria y respeto en la defensa de los derechos humanos, de “patoteras” y de “vivir” de estas situaciones. Nuestras organizaciones realizan el activismo en forma voluntaria y honoraria. Claro que hay un conjunto de profesionales que trabajamos en estos temas, ojalá que no lo tuviéramos que hacer, pero es un absurdo suponer que los creamos. ¿Cómo negar las 29 mujeres y 8 niñas y niños víctimas de la violencia machista en 2016 y los cientos de casos de abuso sexual a niños, niñas y adolescentes denunciados por las propias autoridades del INAU?

Más allá de los agravios, a los que nos reservamos su respuesta, esto se debe como ya mencioné a una ideología imperante entre los operadores de la Justicia, que colocan al Acuerdo de Restitución de la Haya por encima de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. A las pruebas me remito: la niña en cuestión (igual que todos los casos similares) fue entrevistada algo menos de una hora en el Instituto Técnico Forense (difícil diagnosticar en tan corto tiempo si hubo o no abuso sexual). Aún así, como señalé, se formuló la recomendación de no regreso a España, no aceptada por el Tribunal. El abogado defensor de la niña solamente conversó con ella en un breve lapso. Repito: este es el procedimiento habitual en estos casos. Para que quede claro: no se escucha la palabra de los niños en situaciones tan graves como esta. Tampoco se atiende la recomendación de no regreso a España, por parte de una perita del propio Poder Judicial.

En síntesis, el sistema judicial no escucha a esta criatura, desconoce sus derechos y la justificación de este fallo. Más allá de que sea mejor que el vergonzoso fallo de primera instancia, es inaceptable para quienes creemos que por encima de cualquier otra legislación están los derechos consagrados por la Convención Internacional de los Derechos del Niño, firmada por este país.

Dra. Teresa Herrera

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